Escrito por Alejandro Torres Rivera / Presidente CAAPR
El pasado 26 de noviembre la prensa internacional informó que, según datos suministrados por la Comisión Electoral Nacional de Cuba, 7,247,590 ciudadanos habían comparecido a las urnas para ejercer su derecho al voto en las elecciones municipales para escoger sus delegados ante la Asamblea Municipal del Poder Popular. Este número de votantes representa el 82.05% del total de cubanos inscritos con el derecho al sufragio.
En total, 24,365 colegios de votación fueron abiertos para que la ciudadanía ejerciera, a partir de los 16 años de edad, su derecho al voto. Se trata de la primera parte del proceso electoral cubano donde serían electos 12,515 delegados por circunscripción para conformar las 168 Asambleas existentes en el país. El proceso electoral cubano culminará el 19 de abril cuando quede constituida la Asamblea Nacional del Poder Popular.
En Cuba, una circunscripción electoral se desarrolla a partir de la demarcación de una zona geográfica donde deben residir no menos de 700 electores.
Conforme a la normativa electoral cubana, cada delegado electo debe recibir el apoyo de más del 50% de los votos, por lo que se estableció la fecha del 3 de diciembre para llevar a cabo nuevas votaciones en aquellos casos donde la persona electa no alcance el porciento requerido para la elección de un delegado. Los delegados electos a estas Asambleas Municipales del Poder Popular ejercerán sus prerrogativas por un término de dos años y medio, un término distinto al que se establece para las Asambleas Provinciales del Poder Popular o la Asamblea Nacional del Poder Popular que es de cinco años.
Las pasadas elecciones municipales fueron las primeras efectuadas en Cuba desde el fallecimiento del Comandante en Jefe de la Revolución Cubana, Fidel Castro Ruz; y ciertamente, las elecciones que marcan el inicio del alejamiento de la presidencia del Consejo de Estado y Ministros del General del Ejército Raúl Castro Ruz, quien desde el pasado congreso del Partido Comunista de Cuba ha anunciado que no aspirará a la presidencia para un nuevo término.
El sistema electoral cubano se rige por la Ley Núm. 72 de 29 de octubre de 1992 y el Decreto Ley 248 de 2007 sobre el Registro de Electores. De acuerdo con la normativa vigente, las elecciones son convocadas por el Consejo de Estado con noventa días de anticipación a la fecha en que habrá de realizarse las votaciones.
El proceso electoral cubano consta de dos etapas principales. En la primera se eligen los delegados a las Asambleas Municipales y una vez electos, estos a su vez escogen al Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular y su Vicepresidente. Los delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular también son electos y éstos a su vez, eligen al presidente de la Asamblea Provincial del Poder Popular y a su Vicepresidente. La segunda etapa del proceso electoral cubano comprende la elección de los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, quienes a su vez serán los responsables de elegir al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a su Vicepresidente y Secretario, así como al Presidente del Consejo de Estado, Primer Vicepresidente y Secretario, junto a los demás integrantes del Consejo de Estado.
En Cuba, todos los ciudadanos con capacidad legal tienen el derecho a elegir y ser elegidos. Para votar se requiere una mayoría de edad de 16 años en adelante, estar inscrito en el Registro correspondiente del municipio o en una circunscripción especial, y estar en capacidad para ejercer los derechos que le reconoce la Ley. No tienen derecho al voto los incapacitados mentales, previa declaración judicial; los sancionados a privación de libertad, incluyendo aquellos que se encuentren en libertad condicional, licencia extra penal o con pase; los que cumplen una sanción subsidiaria de privación de libertad; y aquellos que fueran sancionados con la privación de sus derechos políticos durante el tiempo estipulado por un tribunal.
Son los electores hábiles quienes tienen el derecho a proponer candidatos a las Asambleas Municipales del Poder Popular. Este poder de nominación se ejerce en asambleas desarrolladas en las correspondientes circunscripciones. Para poder ser candidato, la persona tiene que aceptar su nominación, ya sea estando presente en la asamblea de la circunscripción o por notificación anticipada. Hechas las nominaciones, cada elector puede expresarse a favor o en contra de las mismas. Resulta electo el candidato que mayor número de votos obtenga. Siempre deberá haber al menos dos candidatos y un máximo de ocho. El número de delegados a elegirse por cada municipio nunca debe ser menor de 30, por lo que la Comisión Electoral Provincial y Municipal deberán hacer las gestiones para la distribución de las circunscripciones de manera que nunca haya menos de 30 delegados electos por municipio.
Para las elecciones se confecciona y publica en cada circunscripción una lista de electores hábiles de manera que toda persona con derecho al voto pueda asegurarse que está inscrito en el registro electoral. Si bien cada colegio deberá tener una lista máxima de 700 electores, no obstante, en aquellos casos en que sea necesario una cantidad que exceda este número, la Comisión Electoral Provincial podrá autorizarlo. Cada colegio contará con una mesa electoral compuesta por una presidencia, un secretario, un vocal y dos suplentes. El quórum requerido para iniciar los procesos de votación será siempre de tres personas. El horario ordinario de votación es entre 7:00 a.m. y 6:00 p.m.
Bajo la normativa cubana, los candidatos no pueden realizar ninguna actividad proselitista a favor de su candidatura, ni pueden aportar dinero para campañas a favor de sus candidaturas. Los gastos del proceso electoral los asume totalmente el Estado, donde se explica la importancia del derecho al voto, la capacidad y méritos de cada candidato, así como los valores éticos y morales que cada ciudadano que aspire a ser electo debe tener. Las comisiones electorales se encargan de circular los retratos y biografías de los candidatos colocando las mismas en lugares públicos. Los candidatos, sin embargo, podrán participar de actos, conferencias, y visitas a centros de trabajo para que se les conozca personalmente. En ellas pueden intercambiar impresiones con los trabajadores. Cada elector votará por un solo candidato colocando la boleta en una urna que es custodiada por jóvenes pioneros.
De ocurrir un empate en la votación, o si ninguno de los candidatos alcanza más del 50% de los votos, se efectuará una segunda elección. En ella participarán los dos candidatos que tuvieron el empate; o si se trata de que nadie alcanzó más del 50% en la primera elección, competirán en segunda vuelta los dos que más votos alcanzaron en la primera vuelta. De ocurrir un nuevo empate, se va a otra elección y queda electo el que más votos obtenga.
Para la elección de los integrantes de la Asamblea Provincial del Poder Popular y la Asamblea Nacional del Poder Popular, el proceso es diferente. En estas el voto no es directo. Bajo la Ley Electoral cubana, se crean las ¨Comisiones de Candidaturas¨ cuyo propósito es presentar los ¨proyectos de candidaturas¨ a estas instancias. Dentro de estas comisiones participan los diferentes organismos del poder popular como son la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), los Comités de Defensa de la Revolución (CDR), la Federación de Mujeres de Cuba (FMC), la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP), y los representantes de los jóvenes estudiantes entre ellos la Federación de Estudiantes Universitarios (FEU) y la Federación de Estudiantes de Educación Media (FEEM). Todos estos organismos estarán plenamente representados en la Asamblea Provincial y en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Las comisiones de candidaturas las preside el representante de la CTC. Estas comisiones son responsables de presentar los candidatos a ocupar posiciones dentro de la Asamblea del Poder Popular Provincial y Nacional, los cuales también serán nominados por parte de los representantes electos a las Comisiones Municipales. Aquí la nominación se hará votando levantando la mano y quienes obtengan más del 50% de los votos, resultará nominado. La cantidad de delegados a la Asamblea Provincial está en dependencia al número de habitantes, aunque nunca será menor de 75 miembros. Cada Asamblea Provincial elegirá su Presidente, Vicepresidente y Secretario mediante voto secreto de sus integrantes.
Al igual que con los candidatos a la Asamblea Provincial, la Comisión de Candidaturas presenta sus propuestas de candidatos para la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta es electa por los diputados mediante voto secreto. Para ser electo, el candidato tiene que contar con más del 50% de los votos. Le corresponde también a la Asamblea Nacional del Poder Popular la elección del Presidente, Vicepresidente, Secretario y demás miembros del Consejo de Estado, los cuales también deberán ser electos mediante voto secreto y por más del 50% de los votos.
Puerto Rico cuenta con un modelo de ejercicio electoral diferente. Vivimos en un país donde se nos ha pretendido sembrar en la conciencia que el único sistema electoral perfecto es el estadounidense, modelo que de alguna manera se replica en Puerto Rico. Se nos habla de que una de las grandes aportaciones del modelo electoral es que produce un estado político donde prevalece la separación de poderes. A base de ello, se nos induce a creer que el proceso electoral estadounidense es un verdadero ejercicio democrático donde su resultado es un gobierno ¨del pueblo y para el pueblo¨.
La realidad, sin embargo, es que Estados Unidos no vive un sistema real de separación de poderes. En ese país, por ejemplo, el presidente de una de sus cámaras en las que se divide la Rama Legislativa, el Senado, es el Vicepresidente, quien forma parte de la Rama Ejecutiva. El Vicepresidente de Estados Unidos es una persona seleccionada a su antojo por el candidato a la presidencia. Una vez adjudicado el resultado de la votación de los llamados colegios electorales, automáticamente ese compañero de campaña se convierte en el Vicepresidente de quien haya ganado la presidencia del país. En este proceso, ningún elector jamás ejerce su voto por el Vicepresidente.
Más aún, en el caso de la presidencia de Estados Unidos, es una ilusión la idea de que el ciudadano estadounidense vota por su presidente. Si así fuera, hoy no sería el republicano Donald Trump el presidente, ya que obtuvo menor número de votos que su contrincante demócrata Hillary Clinton. En Estados Unidos quien escoge su presidente no es el ciudadano que vota sino un llamado ¨colegio electoral¨ por cuyos integrantes el pueblo tampoco vota directamente.
En el caso de Puerto Rico la situación es aún peor. En nuestro país la soberanía del pueblo está conculcada por el Congreso de Estados Unidos siendo esta rama política del gobierno de Estados Unidos la que ha dispuesto, desde la firma del Tratado de París de 1898, todo asunto relacionado con la condición política del territorio cedido por España y la de sus habitantes. Hoy es ese mismo Congreso el que ha suplantado la criatura colonial diseñada en 1952 denominada Estado Libre Asociado de Puerto Rico e implantado una Junta de Control Fiscal, designando siete personas que en la práctica se han arrogado el control del presupuesto de Puerto Rico y el control sobre toda medida de impacto fiscal en nuestro país, ello al margen de las instituciones de gobierno creadas bajo la Constitución del ELA. La Constitución de Puerto Rico no es otra cosa que una ley del Congreso de Estados Unidos la cual puede en cualquier momento, a su antojo, modificarla mediante legislación federal.
Como puede verse, el modelo del proceso electoral en Cuba es un diseño distinto al nuestro en Puerto Rico. A diferencia del nuestro, sin embargo, no puede afirmarse en forma alguna que su naturaleza sea antidemocrático cuando se examina el grado de participación directa e indirecta del pueblo cubano en el ejercicio de su soberanía política. Contrario a lo que se nos inculca, en ese modelo electoral, el pueblo es un sujeto activo donde elementos exógenos al ejercicio del voto no inciden en la determinación de quiénes, a nivel municipal, provincial o nacional, les representa en su Parlamento.
De hecho, si algo distingue al proceso electoral en Cuba es que lo que define a la persona elegida es el mérito, superando de esa manera la manipulación que nuestra experiencia nos enseña donde la persona elegida, la mayor de las veces, es mediante el uso de artificios mediáticos o propagandísticos. En Cuba se compite a base de la calidad del candidato, se compite a base de su compromiso con los sectores que representa; y aunque combina el voto directo con el voto indirecto en las instancias superiores del poder popular, es en la base precisamente de la pirámide electoral, en el municipio y en la circunscripción, donde se da la participación más directa del pueblo en la selección de sus representantes. Es un proceso donde están ausente las cancioncitas, los estribillos, las falsas promesas y la fabricación de imágenes pagadas por inversionistas políticos que luego de las elecciones, vendrán como fieras hambrientas en búsqueda de prebendas y contratos.
Al reflexionar sobre el modelo electoral cubano y examinar sus virtudes o deficiencias, Fidel indicó comparándolo con otros procesos a escala mundial, lo siguiente:
¨El principio de que el pueblo postula y elige es lo que nos coloca en primer lugar entre los países democráticos del mundo. Porque lo otro son grupos de gente los que postulan, incluso los que eligen¨.
Quienes hemos vivido precisamente cautivos de esos grupos que postulan gente, manipulan conciencias y no piensan en otra cosa que vivir a costa del pueblo procurando solamente su bienestar personal, sabemos bien a qué se refería Fidel con su expresión.
Desde que comenzó el proceso de actualización del modelo económico cubano, procurando estructurar una transición hacia un socialismo que se ajuste más a la realidad cubana en el Siglo 21, se ha mencionado la necesidad de renovar el liderato histórico de la Revolución. Como parte del proceso, se han ido abriendo espacios para un nuevo liderato nacido y formado al calor de la lucha antiimperialista del pasado medio siglo. Como parte de la discusión el presidente del Consejo de Estado y Ministros de Cuba, el General del Ejército Raúl Castro Ruz, ha hecho un insistente llamado a estructurar esa transición a partir de su propio ejemplo cuando indicó que no aspirará a otro término en las funciones al frente del Estado que hoy ocupa. Junto a él los dirigentes históricos de la lucha revolucionaria en Cuba han ido dejando paso libre a otra generación de luchadores revolucionarios, comprometidos con la defensa de la soberanía nacional y las conquistas del socialismo en Cuba.
Ciertamente, el 2018 será uno de grandes e importantes cambios en el proceso económico, político y social cubano. Para ello el país y su pueblo se han venido preparando. El próximo mes de abril será uno de importantes cambios para el futuro de la Revolución Cubana.
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