El voto de censura a Mariano Rajoy y la caída de su gobierno: ¿realmente un rechazo a la corrupción?
Escrito por Alejandro Torres Rivera / Presidente CAAPR
Nuevamente España presenta una situación de sucesión en el gobierno. Esta vez, a diferencia del proceso anterior en el cual no se lograba conformar una mayoría parlamentaria que le permitiera a alguno de los partidos por sí mismos o en alianza con otras fuerzas políticas formar un gobierno; esta vez el gobierno, ya constituido, se viene abajo como resultado de la aprobación de un voto de censura. La causa próxima en el voto de censura fue el destape de las sentencias por corrupción, lucro ilegal y lavado de dinero contra importantes dirigentes del Partido Popular promovido por Pedro Sánchez, dirigente del Partido Socialista Obrero Español.
En nuestro país, distinto a España, estamos acostumbrados a un modelo de organización política del gobierno a partir de procesos electorales formulados a base de períodos ciertos en los cuales los partidos políticos postulan sus candidatos, o se postulan candidatos independientes a los partidos. Es con el voto popular directo en elecciones simultáneas como se determina quién asume la gobernación del país y quiénes han de conformar la representación legislativa en las dos cámaras en las cuales se divide el Poder Legislativo, a saber, el Senado y la Cámara de Representantes. Aquí en Puerto Rico, aunque dentro del marco de una relación de subordinación política de naturaleza colonial, la gobernanza del país a nivel nacional sigue un modelo de gobierno tipo presidencial y no el modelo parlamentario.
En nuestro caso, la jefatura del gobierno colonial se da desde la Rama Ejecutiva, quedando los otros dos poderes constitucionales, el judicial y el legislativo, con funciones diferentes y separadas. En los modelos de gobierno donde prevalece el esquema parlamentario, las funciones ejecutivas y legislativas se llevan a cabo desde el parlamento. Este a su vez es responsable por el nombramiento del gabinete y las competencias correspondientes a las funciones propias de un gobierno. En estos modelos no hay que esperar a que se lleven a cabo elecciones según el término que de tiempo disponga la constitución; sino que también las elecciones pueden convocarse de manera anticipada, cuando el gobierno entra en una crisis en la cual el partido mayoritario, o la alianza que éste haya forjado con partidos minoritarios, ha perdido la confianza de la mayoría de los integrantes del parlamento que escogió tal presidente del gobierno o tal presidente del parlamento.
En el caso de España, además de ser un país con sus propias estructuras de gobierno tipo parlamentario, también encontramos la figura del monarca, lo que por ejemplo no ocurre en otros sistemas parlamentarios como su vecina Francia. Aquí la Constitución le delega al Rey ciertas competencias sostenidas en la Constitución relacionadas con la conformación y administración del gobierno. Por ejemplo, bajo el artículo 99 de la Constitución española de 1978, se dispone lo siguiente:
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
Bajo el Artículo 114 de dicha Constitución se dispone, además, lo siguiente
“Artículo 114. 1: Si el Congreso niega su confianza al Gobierno este presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.
Artículo 114. 2: Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquella se entenderá investido a los efectos previstos en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.”
Nótese cómo, bajo este modelo, existe una diferencia entre lo que es ser “presidente del Congreso” y ser “presidente del Gobierno”. El primero surge como resultado el proceso de votaciones donde participa directamente cada elector en la selección de su preferencia; en el segundo, habiéndose configurado previamente la composición del Congreso de Diputados (las Cortes), una vez la mayoría de los diputados aceptan el programa propuesto por el presidente del Congreso, es que entonces el Rey procede a nombrarle presidente del Gobierno.
En diciembre de 2015 se efectuaron en el Estado español las elecciones parlamentarias. El Partido Popular, una agrupación claramente neoliberal y de derecha, obtuvo 123 escaños, cantidad ésta insuficiente para alcanzar los 176 diputados necesarios para formar gobierno sin alianzas con otros partidos. Ciudadanos, una agrupación política más joven de centro-derecha, alcanzó un total de 40 escaños, lo que tampoco le permitía por sí misma ni junto al PP, formar gobierno.
El desgaste del Partido Popular en dichos comicios se reflejó en la pérdida de 63 diputados con relación al resultado de las anteriores elecciones. En el caso del Partido Socialista Obrero Español, organización política que se fundó durante el Siglo XIX, también reflejó una pérdida de apoyo en el voto popular. De 110 escaños obtenidos en las elecciones de 2011, el PSOE solamente obtuvo 90 diputados en 2015. Si algo reflejaron estos resultados, fue la pérdida de legitimidad de las propuestas neoliberales impulsadas por estos dos partidos mayoritarios en el marco de la política española.
Luego de las elecciones de diciembre de 2015, el Partido Popular intentó infructuosamente formar un gobierno de coalición con Ciudadanos. Fracasados en sus intentos, el PSOE también se propuso formar gobierno con otras fuerzas más afines como Podemos, y tampoco tuvo éxito. Todas las iniciativas para formar gobierno fracasaron por lo que fue necesario, agotados los esfuerzos para conformar un gobierno bajo el artículo 101 de la Constitución española, que el Rey convocara a nuevas elecciones. Estas tuvieron lugar el día 26 de junio de 2016.
Para esas elecciones, la agrupación Podemos junto con Izquierda Unida, anunciaron la formalización de un pacto que les permitió ir conjuntamente a las nuevas elecciones. La coalición entre Podemos e Izquierda Unida, llamada ¨Unidos Podemos¨, representó en votos la fusión de más de cinco millones de españoles que votaron en las elecciones de 2015 por la primera y cerca de un millón de votos que obtuvo la segunda. La suma de los electores de estas dos agrupaciones centró su confianza en la posibilidad de que la unión alcanzada pudiera potenciar la suma de otros electores que, hastiados de los dos pasados gobiernos neoliberales del PSOE y PP, apostarían por un cambio a favor de un gobierno encabezado por ¨Unidos-Podemos¨.
Tales expectativas, sin embargo, se vinieron abajo con el resultado de las elecciones de junio de 2016. En esta el Partido Popular obtuvo 600 mil votos más que en las elecciones de diciembre de 2015 y un total de 137 escaños parlamentarios. Ello representó 14 diputados más, aunque aún sin alcanzar un número suficiente para poder formar gobierno por sí mismo. Por su parte, el PSOE obtuvo 85 escaños, lo que redujo en 5 el número obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 y 15 menos si se compara con el número obtenido en las elecciones de 2011.
En el caso de Podemos y sus aliados regionales, quienes concurrieron a las elecciones en conjunto con Izquierda Unida bajo la franquicia de ¨Unidos-Podemos; el primero, que había obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 un total de 65 escaños, logró un aumento a 71 escaños. Sin embargo, sus proyecciones quedaron por debajo de sus propias expectativas. Ciudadanos por su parte tan solo obtuvo 32 escaños. Hubo unos 25 diputados adicionales al parlamento provenientes de otras agrupaciones menores, la mayor parte regionales.
Significativo también fue el hecho de que si se compara el número de votos obtenidos por Podemos y por Izquierda Unida en las elecciones de diciembre de 2015, al sumar los votos obtenidos por dichas organizaciones por separado en relación con las elecciones anteriores, hubo una pérdida de al menos un millón de electores que no fueron a las urnas, entre otras cosas, por no haber estado de acuerdo con la alianza entre ambas fuerzas políticas. Unos expresaban sus temores por la radicalización de posiciones políticas resultantes de la convergencia; otros por temor a ¨aguar¨ de alguna manera las posiciones políticas de sus organizaciones.
En efecto, desde diciembre de 2015 España no tuvo un gobierno ¨electo¨, sino un gobierno ¨en funciones¨, conforme lo dispone el Artículo 101 de la Constitución. En él se señala que ante la realidad de no haber un gobierno que cuente con la mayoría absoluta de sus diputados, ¨el gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.¨ No obstante lo antes dicho, mediante la Ley Núm. 50-1997, se dispuso que, salvo situaciones de emergencia, el gobierno en funciones se limitará a atender sólo asuntos públicos ordinarios.
La situación política se complicó todavía más con la crisis interna por la que atravesaba entonces el PSOE tras la ¨renuncia¨ de su dirigente Pedro Sánchez.
Para algunos observadores de la política española, la situación del PSOE la comparaban con aquella por la cual atravesó la Unión de Centro Democrática (UCD) que lideró Adolfo Suárez, cuya crisis le llevó a una reducción de diputados de 168 a 11, perdiendo toda pertinencia política como partido en el contexto de la realidad española.
En el marco de la política española el Rey Felipe VI estaba obligado a llamar a los diferentes dirigentes políticos españoles con representación en las Cortes para determinar si existía o no un candidato que pudiera, con el apoyo de una mayoría absoluta de parlamentarios, conformar un nuevo gobierno. Si no se lograba dicho propósito, era necesario, conforme al Artículo 99.5 de la Constitución, convocar a nuevas elecciones. Sin embargo, no fue necesario toda vez que luego de transcurrido más de 300 días con un gobierno “en funciones”, logrando una mayoría simple, Mariano Rajoy del Partido Popular, fue seleccionado como jefe de gobierno por las Cortes de España. En su nueva investidura, Rajoy acumuló los votos de 170 diputados, con 111 votos en oposición y 68 abstenciones. Se indica que la bancada del Partido Socialista Obrero Español maniobró para asegurar el triunfo del Partido Popular.
Fue esta la primera investidura de gobierno de la cual participaba el Rey Felipe VI, ya que la anterior investidura de Mariano Rajoy se hizo bajo el reinado de su padre, el Rey Juan Carlos.
El nuevo mandato de Rajoy al frente del gobierno le enfrentó con la crisis política del Estado español frente al reclamo secesionista de Catalunya por su autodeterminación, lo que llevó a su gobierno, con el apoyo del PSOE y Ciudadanos a activar el artículo 155 de la Constitución. Lo anterior trajo como resultado la destitución del gobierno electo por los catalanes y el encarcelamiento de múltiples dirigentes y funcionarios independentistas catalanes.
Desde hace más de una década, el gobierno del Partido Popular había sido señalado como una madriguera de corrupción política desde dónde múltiples funcionarios de este partido político, utilizando las ventajas que sus posiciones en los gobiernos centrales, regionales y locales les proveían, habían estado enriqueciéndose mediante sobornos, clientelismo y otras prácticas ilegales. En el proceso de investigación, si bien el gobierno de Rajoy seguía al frente del Gobierno, su partido era cada vez más falto de legitimación ante el pueblo español. Por ejemplo, encuestas llevadas a cabo en el mes de abril, cuando aún no era de conocimiento las sentencias dictadas por los tribunales a veintenas de funcionarios vinculados al escándalo de corrupción “Gürtel”, la popularidad del PP se encontraba en un 24%, mientras que en las cinco principales ciudades de España (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Zaragoza, el PP había desaparecido del escenario como partido de gobierno. Lo mismo ocurrió con las comunidades, donde de 17, el PP regía sólo en cinco, y cuatro de ellas es con el apoyo de Ciudadanos.
Conforme al Reglamento del Congreso de Diputados, al ser aprobada la Moción de Censura, el presidente del Congreso viene obligado a poner en conocimiento del hecho al presidente del Gobierno y al Rey, lo que en efecto ocurrió. Conforme al Artículo 62 de la Constitución, el Rey procedió a emitir el correspondiente Real Decreto. La Moción de censura contra el gobierno del PP obtuvo 180 votos a favor, 169 votos en contra y una abstención. Entre las fuerzas políticas que votaron a favor de la censura se encuentran el propio PSOE, Unidos Podemos, ERC, Bildu, PDeCat y PNV, lo que para el PP y Ciudadanos constituye un contrasentido tratándose de agrupaciones políticas que según algunos pudieran convertir al PSOE en un “rehén político” en lo relacionado al reclamo secesionista catalán. Ciudadanos, por su parte, ha urgido al nuevo Jefe de Gobierno a que, a la mayor brevedad, convoque a nuevas elecciones, lo que no necesariamente está en estos momentos dentro del radar político de Pedro Sánchez.
En el presente contexto, nada está escrito en piedra. Por lo pronto, habrá que esperar a ver qué ocurre próximamente en el desarrollo de la política española y, sobre todo, cómo avancen los esfuerzos de Pedro Sánchez en la conformación de su nuevo gobierno y el programa que formule para el Estado español. Mientras tanto, de lo que nadie duda es que, si recurriéramos a Cervantes en su obra El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, concurriríamos en afirmar: Nadie sabe lo que está por venir.
El voto de censura a Mariano Rajoy y la caída de su gobierno: ¿realmente un rechazo a la corrupción?
Alejandro Torres Rivera
5 de junio de 2018
Nuevamente España presenta una situación de sucesión en el gobierno. Esta vez, a diferencia del proceso anterior en el cual no se lograba conformar una mayoría parlamentaria que le permitiera a alguno de los partidos por sí mismos o en alianza con otras fuerzas políticas formar un gobierno; esta vez el gobierno, ya constituido, se viene abajo como resultado de la aprobación de un voto de censura. La causa próxima en el voto de censura fue el destape de las sentencias por corrupción, lucro ilegal y lavado de dinero contra importantes dirigentes del Partido Popular promovido por Pedro Sánchez, dirigente del Partido Socialista Obrero Español.
En nuestro país, distinto a España, estamos acostumbrados a un modelo de organización política del gobierno a partir de procesos electorales formulados a base de períodos ciertos en los cuales los partidos políticos postulan sus candidatos, o se postulan candidatos independientes a los partidos. Es con el voto popular directo en elecciones simultáneas como se determina quién asume la gobernación del país y quiénes han de conformar la representación legislativa en las dos cámaras en las cuales se divide el Poder Legislativo, a saber, el Senado y la Cámara de Representantes. Aquí en Puerto Rico, aunque dentro del marco de una relación de subordinación política de naturaleza colonial, la gobernanza del país a nivel nacional sigue un modelo de gobierno tipo presidencial y no el modelo parlamentario.
En nuestro caso, la jefatura del gobierno colonial se da desde la Rama Ejecutiva, quedando los otros dos poderes constitucionales, el judicial y el legislativo, con funciones diferentes y separadas. En los modelos de gobierno donde prevalece el esquema parlamentario, las funciones ejecutivas y legislativas se llevan a cabo desde el parlamento. Este a su vez es responsable por el nombramiento del gabinete y las competencias correspondientes a las funciones propias de un gobierno. En estos modelos no hay que esperar a que se lleven a cabo elecciones según el término que de tiempo disponga la constitución; sino que también las elecciones pueden convocarse de manera anticipada, cuando el gobierno entra en una crisis en la cual el partido mayoritario, o la alianza que éste haya forjado con partidos minoritarios, ha perdido la confianza de la mayoría de los integrantes del parlamento que escogió tal presidente del gobierno o tal presidente del parlamento.
En el caso de España, además de ser un país con sus propias estructuras de gobierno tipo parlamentario, también encontramos la figura del monarca, lo que por ejemplo no ocurre en otros sistemas parlamentarios como su vecina Francia. Aquí la Constitución le delega al Rey ciertas competencias sostenidas en la Constitución relacionadas con la conformación y administración del gobierno. Por ejemplo, bajo el artículo 99 de la Constitución española de 1978, se dispone lo siguiente:
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
Bajo el Artículo 114 de dicha Constitución se dispone, además, lo siguiente
“Artículo 114. 1: Si el Congreso niega su confianza al Gobierno este presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.
Artículo 114. 2: Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquella se entenderá investido a los efectos previstos en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.”
Nótese cómo, bajo este modelo, existe una diferencia entre lo que es ser “presidente del Congreso” y ser “presidente del Gobierno”. El primero surge como resultado el proceso de votaciones donde participa directamente cada elector en la selección de su preferencia; en el segundo, habiéndose configurado previamente la composición del Congreso de Diputados (las Cortes), una vez la mayoría de los diputados aceptan el programa propuesto por el presidente del Congreso, es que entonces el Rey procede a nombrarle presidente del Gobierno.
En diciembre de 2015 se efectuaron en el Estado español las elecciones parlamentarias. El Partido Popular, una agrupación claramente neoliberal y de derecha, obtuvo 123 escaños, cantidad ésta insuficiente para alcanzar los 176 diputados necesarios para formar gobierno sin alianzas con otros partidos. Ciudadanos, una agrupación política más joven de centro-derecha, alcanzó un total de 40 escaños, lo que tampoco le permitía por sí misma ni junto al PP, formar gobierno.
El desgaste del Partido Popular en dichos comicios se reflejó en la pérdida de 63 diputados con relación al resultado de las anteriores elecciones. En el caso del Partido Socialista Obrero Español, organización política que se fundó durante el Siglo XIX, también reflejó una pérdida de apoyo en el voto popular. De 110 escaños obtenidos en las elecciones de 2011, el PSOE solamente obtuvo 90 diputados en 2015. Si algo reflejaron estos resultados, fue la pérdida de legitimidad de las propuestas neoliberales impulsadas por estos dos partidos mayoritarios en el marco de la política española.
Luego de las elecciones de diciembre de 2015, el Partido Popular intentó infructuosamente formar un gobierno de coalición con Ciudadanos. Fracasados en sus intentos, el PSOE también se propuso formar gobierno con otras fuerzas más afines como Podemos, y tampoco tuvo éxito. Todas las iniciativas para formar gobierno fracasaron por lo que fue necesario, agotados los esfuerzos para conformar un gobierno bajo el artículo 101 de la Constitución española, que el Rey convocara a nuevas elecciones. Estas tuvieron lugar el día 26 de junio de 2016.
Para esas elecciones, la agrupación Podemos junto con Izquierda Unida, anunciaron la formalización de un pacto que les permitió ir conjuntamente a las nuevas elecciones. La coalición entre Podemos e Izquierda Unida, llamada ¨Unidos Podemos¨, representó en votos la fusión de más de cinco millones de españoles que votaron en las elecciones de 2015 por la primera y cerca de un millón de votos que obtuvo la segunda. La suma de los electores de estas dos agrupaciones centró su confianza en la posibilidad de que la unión alcanzada pudiera potenciar la suma de otros electores que, hastiados de los dos pasados gobiernos neoliberales del PSOE y PP, apostarían por un cambio a favor de un gobierno encabezado por ¨Unidos-Podemos¨.
Tales expectativas, sin embargo, se vinieron abajo con el resultado de las elecciones de junio de 2016. En esta el Partido Popular obtuvo 600 mil votos más que en las elecciones de diciembre de 2015 y un total de 137 escaños parlamentarios. Ello representó 14 diputados más, aunque aún sin alcanzar un número suficiente para poder formar gobierno por sí mismo. Por su parte, el PSOE obtuvo 85 escaños, lo que redujo en 5 el número obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 y 15 menos si se compara con el número obtenido en las elecciones de 2011.
En el caso de Podemos y sus aliados regionales, quienes concurrieron a las elecciones en conjunto con Izquierda Unida bajo la franquicia de ¨Unidos-Podemos; el primero, que había obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 un total de 65 escaños, logró un aumento a 71 escaños. Sin embargo, sus proyecciones quedaron por debajo de sus propias expectativas. Ciudadanos por su parte tan solo obtuvo 32 escaños. Hubo unos 25 diputados adicionales al parlamento provenientes de otras agrupaciones menores, la mayor parte regionales.
Significativo también fue el hecho de que si se compara el número de votos obtenidos por Podemos y por Izquierda Unida en las elecciones de diciembre de 2015, al sumar los votos obtenidos por dichas organizaciones por separado en relación con las elecciones anteriores, hubo una pérdida de al menos un millón de electores que no fueron a las urnas, entre otras cosas, por no haber estado de acuerdo con la alianza entre ambas fuerzas políticas. Unos expresaban sus temores por la radicalización de posiciones políticas resultantes de la convergencia; otros por temor a ¨aguar¨ de alguna manera las posiciones políticas de sus organizaciones.
En efecto, desde diciembre de 2015 España no tuvo un gobierno ¨electo¨, sino un gobierno ¨en funciones¨, conforme lo dispone el Artículo 101 de la Constitución. En él se señala que ante la realidad de no haber un gobierno que cuente con la mayoría absoluta de sus diputados, ¨el gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.¨ No obstante lo antes dicho, mediante la Ley Núm. 50-1997, se dispuso que, salvo situaciones de emergencia, el gobierno en funciones se limitará a atender sólo asuntos públicos ordinarios.
La situación política se complicó todavía más con la crisis interna por la que atravesaba entonces el PSOE tras la ¨renuncia¨ de su dirigente Pedro Sánchez.
Para algunos observadores de la política española, la situación del PSOE la comparaban con aquella por la cual atravesó la Unión de Centro Democrática (UCD) que lideró Adolfo Suárez, cuya crisis le llevó a una reducción de diputados de 168 a 11, perdiendo toda pertinencia política como partido en el contexto de la realidad española.
En el marco de la política española el Rey Felipe VI estaba obligado a llamar a los diferentes dirigentes políticos españoles con representación en las Cortes para determinar si existía o no un candidato que pudiera, con el apoyo de una mayoría absoluta de parlamentarios, conformar un nuevo gobierno. Si no se lograba dicho propósito, era necesario, conforme al Artículo 99.5 de la Constitución, convocar a nuevas elecciones. Sin embargo, no fue necesario toda vez que luego de transcurrido más de 300 días con un gobierno “en funciones”, logrando una mayoría simple, Mariano Rajoy del Partido Popular, fue seleccionado como jefe de gobierno por las Cortes de España. En su nueva investidura, Rajoy acumuló los votos de 170 diputados, con 111 votos en oposición y 68 abstenciones. Se indica que la bancada del Partido Socialista Obrero Español maniobró para asegurar el triunfo del Partido Popular.
Fue esta la primera investidura de gobierno de la cual participaba el Rey Felipe VI, ya que la anterior investidura de Mariano Rajoy se hizo bajo el reinado de su padre, el Rey Juan Carlos.
El nuevo mandato de Rajoy al frente del gobierno le enfrentó con la crisis política del Estado español frente al reclamo secesionista de Catalunya por su autodeterminación, lo que llevó a su gobierno, con el apoyo del PSOE y Ciudadanos a activar el artículo 155 de la Constitución. Lo anterior trajo como resultado la destitución del gobierno electo por los catalanes y el encarcelamiento de múltiples dirigentes y funcionarios independentistas catalanes.
Desde hace más de una década, el gobierno del Partido Popular había sido señalado como una madriguera de corrupción política desde dónde múltiples funcionarios de este partido político, utilizando las ventajas que sus posiciones en los gobiernos centrales, regionales y locales les proveían, habían estado enriqueciéndose mediante sobornos, clientelismo y otras prácticas ilegales. En el proceso de investigación, si bien el gobierno de Rajoy seguía al frente del Gobierno, su partido era cada vez más falto de legitimación ante el pueblo español. Por ejemplo, encuestas llevadas a cabo en el mes de abril, cuando aún no era de conocimiento las sentencias dictadas por los tribunales a veintenas de funcionarios vinculados al escándalo de corrupción “Gürtel”, la popularidad del PP se encontraba en un 24%, mientras que en las cinco principales ciudades de España (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Zaragoza, el PP había desaparecido del escenario como partido de gobierno. Lo mismo ocurrió con las comunidades, donde de 17, el PP regía sólo en cinco, y cuatro de ellas es con el apoyo de Ciudadanos.
Conforme al Reglamento del Congreso de Diputados, al ser aprobada la Moción de Censura, el presidente del Congreso viene obligado a poner en conocimiento del hecho al presidente del Gobierno y al Rey, lo que en efecto ocurrió. Conforme al Artículo 62 de la Constitución, el Rey procedió a emitir el correspondiente Real Decreto. La Moción de censura contra el gobierno del PP obtuvo 180 votos a favor, 169 votos en contra y una abstención. Entre las fuerzas políticas que votaron a favor de la censura se encuentran el propio PSOE, Unidos Podemos, ERC, Bildu, PDeCat y PNV, lo que para el PP y Ciudadanos constituye un contrasentido tratándose de agrupaciones políticas que según algunos pudieran convertir al PSOE en un “rehén político” en lo relacionado al reclamo secesionista catalán. Ciudadanos, por su parte, ha urgido al nuevo Jefe de Gobierno a que, a la mayor brevedad, convoque a nuevas elecciones, lo que no necesariamente está en estos momentos dentro del radar político de Pedro Sánchez.
En el presente contexto, nada está escrito en piedra. Por lo pronto, habrá que esperar a ver qué ocurre próximamente en el desarrollo de la política española y, sobre todo, cómo avancen los esfuerzos de Pedro Sánchez en la conformación de su nuevo gobierno y el programa que formule para el Estado español. Mientras tanto, de lo que nadie duda es que, si recurriéramos a Cervantes en su obra El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, concurriríamos en afirmar: Nadie sabe lo que está por venir.
Nuevamente España presenta una situación de sucesión en el gobierno. Esta vez, a diferencia del proceso anterior en el cual no se lograba conformar una mayoría parlamentaria que le permitiera a alguno de los partidos por sí mismos o en alianza con otras fuerzas políticas formar un gobierno; esta vez el gobierno, ya constituido, se viene abajo como resultado de la aprobación de un voto de censura. La causa próxima en el voto de censura fue el destape de las sentencias por corrupción, lucro ilegal y lavado de dinero contra importantes dirigentes del Partido Popular promovido por Pedro Sánchez, dirigente del Partido Socialista Obrero Español.
En nuestro país, distinto a España, estamos acostumbrados a un modelo de organización política del gobierno a partir de procesos electorales formulados a base de períodos ciertos en los cuales los partidos políticos postulan sus candidatos, o se postulan candidatos independientes a los partidos. Es con el voto popular directo en elecciones simultáneas como se determina quién asume la gobernación del país y quiénes han de conformar la representación legislativa en las dos cámaras en las cuales se divide el Poder Legislativo, a saber, el Senado y la Cámara de Representantes. Aquí en Puerto Rico, aunque dentro del marco de una relación de subordinación política de naturaleza colonial, la gobernanza del país a nivel nacional sigue un modelo de gobierno tipo presidencial y no el modelo parlamentario.
En nuestro caso, la jefatura del gobierno colonial se da desde la Rama Ejecutiva, quedando los otros dos poderes constitucionales, el judicial y el legislativo, con funciones diferentes y separadas. En los modelos de gobierno donde prevalece el esquema parlamentario, las funciones ejecutivas y legislativas se llevan a cabo desde el parlamento. Este a su vez es responsable por el nombramiento del gabinete y las competencias correspondientes a las funciones propias de un gobierno. En estos modelos no hay que esperar a que se lleven a cabo elecciones según el término que de tiempo disponga la constitución; sino que también las elecciones pueden convocarse de manera anticipada, cuando el gobierno entra en una crisis en la cual el partido mayoritario, o la alianza que éste haya forjado con partidos minoritarios, ha perdido la confianza de la mayoría de los integrantes del parlamento que escogió tal presidente del gobierno o tal presidente del parlamento.
En el caso de España, además de ser un país con sus propias estructuras de gobierno tipo parlamentario, también encontramos la figura del monarca, lo que por ejemplo no ocurre en otros sistemas parlamentarios como su vecina Francia. Aquí la Constitución le delega al Rey ciertas competencias sostenidas en la Constitución relacionadas con la conformación y administración del gobierno. Por ejemplo, bajo el artículo 99 de la Constitución española de 1978, se dispone lo siguiente:
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
Bajo el Artículo 114 de dicha Constitución se dispone, además, lo siguiente
“Artículo 114. 1: Si el Congreso niega su confianza al Gobierno este presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.
Artículo 114. 2: Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquella se entenderá investido a los efectos previstos en el Artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.”
Nótese cómo, bajo este modelo, existe una diferencia entre lo que es ser “presidente del Congreso” y ser “presidente del Gobierno”. El primero surge como resultado el proceso de votaciones donde participa directamente cada elector en la selección de su preferencia; en el segundo, habiéndose configurado previamente la composición del Congreso de Diputados (las Cortes), una vez la mayoría de los diputados aceptan el programa propuesto por el presidente del Congreso, es que entonces el Rey procede a nombrarle presidente del Gobierno.
En diciembre de 2015 se efectuaron en el Estado español las elecciones parlamentarias. El Partido Popular, una agrupación claramente neoliberal y de derecha, obtuvo 123 escaños, cantidad ésta insuficiente para alcanzar los 176 diputados necesarios para formar gobierno sin alianzas con otros partidos. Ciudadanos, una agrupación política más joven de centro-derecha, alcanzó un total de 40 escaños, lo que tampoco le permitía por sí misma ni junto al PP, formar gobierno.
El desgaste del Partido Popular en dichos comicios se reflejó en la pérdida de 63 diputados con relación al resultado de las anteriores elecciones. En el caso del Partido Socialista Obrero Español, organización política que se fundó durante el Siglo XIX, también reflejó una pérdida de apoyo en el voto popular. De 110 escaños obtenidos en las elecciones de 2011, el PSOE solamente obtuvo 90 diputados en 2015. Si algo reflejaron estos resultados, fue la pérdida de legitimidad de las propuestas neoliberales impulsadas por estos dos partidos mayoritarios en el marco de la política española.
Luego de las elecciones de diciembre de 2015, el Partido Popular intentó infructuosamente formar un gobierno de coalición con Ciudadanos. Fracasados en sus intentos, el PSOE también se propuso formar gobierno con otras fuerzas más afines como Podemos, y tampoco tuvo éxito. Todas las iniciativas para formar gobierno fracasaron por lo que fue necesario, agotados los esfuerzos para conformar un gobierno bajo el artículo 101 de la Constitución española, que el Rey convocara a nuevas elecciones. Estas tuvieron lugar el día 26 de junio de 2016.
Para esas elecciones, la agrupación Podemos junto con Izquierda Unida, anunciaron la formalización de un pacto que les permitió ir conjuntamente a las nuevas elecciones. La coalición entre Podemos e Izquierda Unida, llamada ¨Unidos Podemos¨, representó en votos la fusión de más de cinco millones de españoles que votaron en las elecciones de 2015 por la primera y cerca de un millón de votos que obtuvo la segunda. La suma de los electores de estas dos agrupaciones centró su confianza en la posibilidad de que la unión alcanzada pudiera potenciar la suma de otros electores que, hastiados de los dos pasados gobiernos neoliberales del PSOE y PP, apostarían por un cambio a favor de un gobierno encabezado por ¨Unidos-Podemos¨.
Tales expectativas, sin embargo, se vinieron abajo con el resultado de las elecciones de junio de 2016. En esta el Partido Popular obtuvo 600 mil votos más que en las elecciones de diciembre de 2015 y un total de 137 escaños parlamentarios. Ello representó 14 diputados más, aunque aún sin alcanzar un número suficiente para poder formar gobierno por sí mismo. Por su parte, el PSOE obtuvo 85 escaños, lo que redujo en 5 el número obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 y 15 menos si se compara con el número obtenido en las elecciones de 2011.
En el caso de Podemos y sus aliados regionales, quienes concurrieron a las elecciones en conjunto con Izquierda Unida bajo la franquicia de ¨Unidos-Podemos; el primero, que había obtenido en las elecciones de diciembre de 2015 un total de 65 escaños, logró un aumento a 71 escaños. Sin embargo, sus proyecciones quedaron por debajo de sus propias expectativas. Ciudadanos por su parte tan solo obtuvo 32 escaños. Hubo unos 25 diputados adicionales al parlamento provenientes de otras agrupaciones menores, la mayor parte regionales.
Significativo también fue el hecho de que si se compara el número de votos obtenidos por Podemos y por Izquierda Unida en las elecciones de diciembre de 2015, al sumar los votos obtenidos por dichas organizaciones por separado en relación con las elecciones anteriores, hubo una pérdida de al menos un millón de electores que no fueron a las urnas, entre otras cosas, por no haber estado de acuerdo con la alianza entre ambas fuerzas políticas. Unos expresaban sus temores por la radicalización de posiciones políticas resultantes de la convergencia; otros por temor a ¨aguar¨ de alguna manera las posiciones políticas de sus organizaciones.
En efecto, desde diciembre de 2015 España no tuvo un gobierno ¨electo¨, sino un gobierno ¨en funciones¨, conforme lo dispone el Artículo 101 de la Constitución. En él se señala que ante la realidad de no haber un gobierno que cuente con la mayoría absoluta de sus diputados, ¨el gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.¨ No obstante lo antes dicho, mediante la Ley Núm. 50-1997, se dispuso que, salvo situaciones de emergencia, el gobierno en funciones se limitará a atender sólo asuntos públicos ordinarios.
La situación política se complicó todavía más con la crisis interna por la que atravesaba entonces el PSOE tras la ¨renuncia¨ de su dirigente Pedro Sánchez.
Para algunos observadores de la política española, la situación del PSOE la comparaban con aquella por la cual atravesó la Unión de Centro Democrática (UCD) que lideró Adolfo Suárez, cuya crisis le llevó a una reducción de diputados de 168 a 11, perdiendo toda pertinencia política como partido en el contexto de la realidad española.
En el marco de la política española el Rey Felipe VI estaba obligado a llamar a los diferentes dirigentes políticos españoles con representación en las Cortes para determinar si existía o no un candidato que pudiera, con el apoyo de una mayoría absoluta de parlamentarios, conformar un nuevo gobierno. Si no se lograba dicho propósito, era necesario, conforme al Artículo 99.5 de la Constitución, convocar a nuevas elecciones. Sin embargo, no fue necesario toda vez que luego de transcurrido más de 300 días con un gobierno “en funciones”, logrando una mayoría simple, Mariano Rajoy del Partido Popular, fue seleccionado como jefe de gobierno por las Cortes de España. En su nueva investidura, Rajoy acumuló los votos de 170 diputados, con 111 votos en oposición y 68 abstenciones. Se indica que la bancada del Partido Socialista Obrero Español maniobró para asegurar el triunfo del Partido Popular.
Fue esta la primera investidura de gobierno de la cual participaba el Rey Felipe VI, ya que la anterior investidura de Mariano Rajoy se hizo bajo el reinado de su padre, el Rey Juan Carlos.
El nuevo mandato de Rajoy al frente del gobierno le enfrentó con la crisis política del Estado español frente al reclamo secesionista de Catalunya por su autodeterminación, lo que llevó a su gobierno, con el apoyo del PSOE y Ciudadanos a activar el artículo 155 de la Constitución. Lo anterior trajo como resultado la destitución del gobierno electo por los catalanes y el encarcelamiento de múltiples dirigentes y funcionarios independentistas catalanes.
Desde hace más de una década, el gobierno del Partido Popular había sido señalado como una madriguera de corrupción política desde dónde múltiples funcionarios de este partido político, utilizando las ventajas que sus posiciones en los gobiernos centrales, regionales y locales les proveían, habían estado enriqueciéndose mediante sobornos, clientelismo y otras prácticas ilegales. En el proceso de investigación, si bien el gobierno de Rajoy seguía al frente del Gobierno, su partido era cada vez más falto de legitimación ante el pueblo español. Por ejemplo, encuestas llevadas a cabo en el mes de abril, cuando aún no era de conocimiento las sentencias dictadas por los tribunales a veintenas de funcionarios vinculados al escándalo de corrupción “Gürtel”, la popularidad del PP se encontraba en un 24%, mientras que en las cinco principales ciudades de España (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Zaragoza, el PP había desaparecido del escenario como partido de gobierno. Lo mismo ocurrió con las comunidades, donde de 17, el PP regía sólo en cinco, y cuatro de ellas es con el apoyo de Ciudadanos.
Conforme al Reglamento del Congreso de Diputados, al ser aprobada la Moción de Censura, el presidente del Congreso viene obligado a poner en conocimiento del hecho al presidente del Gobierno y al Rey, lo que en efecto ocurrió. Conforme al Artículo 62 de la Constitución, el Rey procedió a emitir el correspondiente Real Decreto. La Moción de censura contra el gobierno del PP obtuvo 180 votos a favor, 169 votos en contra y una abstención. Entre las fuerzas políticas que votaron a favor de la censura se encuentran el propio PSOE, Unidos Podemos, ERC, Bildu, PDeCat y PNV, lo que para el PP y Ciudadanos constituye un contrasentido tratándose de agrupaciones políticas que según algunos pudieran convertir al PSOE en un “rehén político” en lo relacionado al reclamo secesionista catalán. Ciudadanos, por su parte, ha urgido al nuevo Jefe de Gobierno a que, a la mayor brevedad, convoque a nuevas elecciones, lo que no necesariamente está en estos momentos dentro del radar político de Pedro Sánchez.
En el presente contexto, nada está escrito en piedra. Por lo pronto, habrá que esperar a ver qué ocurre próximamente en el desarrollo de la política española y, sobre todo, cómo avancen los esfuerzos de Pedro Sánchez en la conformación de su nuevo gobierno y el programa que formule para el Estado español. Mientras tanto, de lo que nadie duda es que, si recurriéramos a Cervantes en su obra El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, concurriríamos en afirmar: Nadie sabe lo que está por venir.
Columnas
- La elección del Donald Trump
- Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2024 condenando el Bloqueo a Cuba
- Las elecciones presidenciales en Uruguay: el Frente Amplio se enfrenta al Partido Nacional en una segunda vuelta
- La XVI Cumbre del BRICS realizada en la Federación de Rusia
- El “Conflicto” y el “Cambio”: retos y transformaciones de lucha ante la ofensiva neoliberal del capital