Escrito por Alejandro Torres Rivera | MINH
Cuando el 17 de diciembre de 2014, en forma sorpresiva, los presidentes de Estados Unidos y de la República de Cuba anunciaron al mundo un histórico acuerdo alcanzado tras 53 años de ruptura de relaciones diplomáticas, un año después del acuerdo, los únicos renglones sobre los cuales realmente existían impedimentos por parte del Presidente para actuar dejando sin efecto importantes aspectos del bloqueo se limitaban a los siguientes: (a) La prohibición de subsidiarias de EE.UU. en terceros países a comerciar bienes con Cuba (Ley Torricelli); (b) La prohibición de realizar transacciones con propiedades estadounidenses que fueron nacionalizadas por Cuba (Ley Helms-Burton); (c) El impedimento a los ciudadanos de Estados Unidos de viajes a Cuba con propósitos turísticos (Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones del 2000); (d) La obligación de pagar en efectivo y por adelantado aquellas compras de productos agrícolas por parte de Cuba en Estados Unidos (Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones de 2000).
La esperanza para muchos de nosotros, en Cuba y fuera de Cuba, era que las partes se movieran en la dirección de procurar un mutuo acercamiento en el cual, con algún tipo de “hoja de ruta”, se sentaran las bases hacia un acuerdo final de eventual normalización en las relaciones internacionales entre el gobierno de Estados Unidos y el gobierno cubano.
Como en tantas otras cosas relacionadas con la política exterior e interior de Estados Unidos, el triunfo de Donald Trump ha tenido un franco y precipitado deterioro.
El pasado 17 de abril, en ocasión de cumplirse un aniversario de la invasión a Cuba de mercenarios entrenados y pagados por Estados Unidos en Playa Girón en 1961, el gobierno de la República de Cuba emitió un comunicado relacionado con la intención del gobierno de Estados Unidos de poner en vigor los Títulos III y IV de la Ley Helms Burton a partir del 2 de mayo de 2019. Estos dos títulos habían quedado en suspenso desde la aprobación de dicha Ley en 1996. Mediante la activación de tales disposiciones legales, se autorizaría a quienes tenían propiedades en Cuba al triunfo de la Revolución y fueron nacionalizadas, a iniciar procesos judiciales en los tribunales de Estados Unidos para recuperar tales propiedades u obtener compensaciones monetarias. En la lista de tenedores de tales propiedades se incluyen, además de entidades cubanas, entidades extranjeras que hoy hacen negocios en Cuba, ello sin importar que estén fuera de la jurisdicción del gobierno estadounidense.
La activación de los títulos, también permitiría impedir la entrada a Estados Unidos de los empresarios que tienen negocios en Cuba y sus familiares; reduciría los límites de las remesas que podían enviar a Cuba los residentes cubanos en Estados Unidos y limitaría la capacidad de estos para viajar a Cuba.
La secuela de medidas por parte de la Administración Trump ha continuado. Apenas el 3 de junio, básicamente un mes después del anuncio de poner en vigor los Títulos III y IV de la Ley Helms-Burton, el gobierno de Estados Unidos ha emitido nuevas regulaciones para restringir los viajes a Cuba de ciudadanos estadounidenses. Entre las nuevas prohibiciones, se encuentran los llamados viajes “persona a persona”, mayormente utilizada en función de viajes culturales y educativos, y los viajes a Cuba en cruceros. Las nuevas restricciones, sin embargo, no dejan sin efecto las 12 licencias previamente existentes que permitían los viajes a Cuba.
De acuerdo con la página electrónica cubavsbloqueo.cu, las restricciones para viajar a Cuba que previo a estas nuevas medidas existían, publicadas por el Office of Foreign Assets Control U.S. Department of the Treasury, establecían que bajo el Acta de Comercializar con el Enemigo, se proscribía “cualquier gasto de dinero relacionado con viajes a Cuba”, salvo que la persona tuviera una licencia apropiada. Para la instrumentación de las regulaciones, la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés), señala que los violadores se exponen a penas de cárcel hasta un máximo de 10 años; o a multas de $1 millón en caso de corporaciones y $250,000 a particulares.
Las regulaciones permiten que puedan viajar a Cuba personas con las licencias que requiere OFAC en el caso de periodistas, y personal de emisión técnico; oficiales del gobierno en asuntos oficiales; profesionales cuyos gastos de viaje estén directamente relacionados con investigación profesional, siempre que la investigación no sea comercial, pero sí en carácter académico e incluya un itinerario completo de trabajo en Cuba y que tenga gran disposición de ser una diseminación pública; profesionales cuyos gastos de viaje estén directamente relacionados con asistencia a reuniones o conferencias profesionales, preparadas por una organización internacional o institución de otros países; atletas o equipos no profesionales o semi profesionales que viajen para una competencia atlética; licencias específicas para instituciones educativas (incluyendo estudiantes); licencias específicas para organizaciones religiosas; embarcaciones; viajeros con todos los gastos pagos; emergencias; y donaciones humanitarias.
Se cita del Secretario del Tesoro de Estados Unidos, haber indicado, en el peor estilo de los años de la llamada “guerra fría”, que “Cuba continúa desempeñando un papel desestabilizador en el Hemisferio Occidental, proporcionando una plataforma comunista en la región y apoyando a adversarios estadounidenses en lugares como Venezuela y Nicaragua al fomentar la inestabilidad, socavar el Estado de derecho y suprimir los procesos democráticos.” Con la mayor candidez, este funcionario indica, además, que “este gobierno—en referencia al de Estados Unidos--, ha tomado una decisión estratégica para revertir el relajamiento de las sanciones y otras restricciones al régimen cubano. Estas acciones—continúa indicando—ayudarán a mantener los dólares estadounidenses fuera del alcance de los servicios militares, de inteligencia y de seguridad cubanos.”
Durante los pasados años, Cuba ha experimentado un incremento grande en los viajes de turistas provenientes de Estados Unidos a través de cruceros. Por vía de ejemplo, entre el 1 de enero y el 30 de abril de este año, alrededor de 142,721 estadounidenses viajaron a Cuba por este medio. En el año 2018 se reportaron viajando a Cuba aproximadamente 639,000 estadounidenses.
Las medidas adoptadas tienen sobre el ciudadano estadounidense promedio un efecto inhibidor (“chilling effect”) que por ejemplo se manifiesta en la cantidad de personas que en Estados Unidos desistirán de programar viajes a Cuba ante el temor de represalias que pudieran conllevar multas o cárcel. A esa campaña de miedo y terror ya se ha sumado el Departamento de Estado de Puerto Rico por voz de su Secretario, el mismo que intentó ayudar al derrocamiento del gobierno constitucional y legítimo del presidente Nicolás Maduro Moros, el Sr. Luis Gerardo Rivera Marín.
Al escucharle nos viene a la mente aquellas expresiones de Nietzsche cuando nos recordaba que hay seres humanos que nacen póstumos.
Por su parte, en el caso del pueblo y gobierno cubano, la reacción ha sido una similar a aquella del pasado mes cuando Trump activó los Títulos III y IV de la Ley Helms-Burton. Entonces el gobierno cubano expresó:
“El Gobierno Revolucionario rechaza en los términos más enérgicos la decisión de permitir en lo adelante que se tome acción en los tribunales estadounidenses ante demandas judiciales contra entidades cubanas y extranjeras fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos, y la de endurecer los impedimentos a la entrada en los Estados Unidos de directivos y familiares de las empresas que invierten legítimamente en Cuba, en propiedades que fueran nacionalizadas. Son acciones contempladas en la Ley Helms-Burton que fueron rechazadas desde hace mucho tiempo por la comunidad internacional, que la nación cubana repudió desde su promulgación y aplicación en 1996, y cuyo fin fundamental es imponer la tutela colonial sobre nuestro país”.
Hoy con la misma firmeza, el presidente cubano Miguel Díaz-Canel ha expresado que su país no se dejará “amedrentar ni distraer con nuevas amenazas y restricciones. Trabajo, creatividad, esfuerzo y resistencia es nuestra respuesta. No podrán detenernos. Viviremos y venceremos”.
No es la primera vez que el pueblo cubano tiene que enfrentar este tipo de medidas por parte del gobierno de Estados Unidos. La conducta de Donald Trump hacia Cuba lo que nos hace es tener cada día presente aquella expresión del Comandante Ernesto Guevara al decirnos uniendo el dedo pulgar con el dedo índice de su mano, que en el imperialismo “no se puede confiar ni un tantico así”. Se trata de la eterna batalla que ya dura más de seis décadas entre el pequeño David del Caribe, y el Goliat imperialista del Norte.
En el mejor decir del Apóstol de la Independencia de Cuba José Martí, quien se levanta hoy por Cuba, se levanta para todos los tiempos.
Columnas
- La elección del Donald Trump
- Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2024 condenando el Bloqueo a Cuba
- Las elecciones presidenciales en Uruguay: el Frente Amplio se enfrenta al Partido Nacional en una segunda vuelta
- La XVI Cumbre del BRICS realizada en la Federación de Rusia
- El “Conflicto” y el “Cambio”: retos y transformaciones de lucha ante la ofensiva neoliberal del capital