Escrito por Alejandro Torres Rivera
Antecedentes y propuestas de cambios en la legislación protectora del trabajo en Puerto Rico
“... Se trata de una medida de efectiva protección de la salud y la vida del trabajador. Las jornadas excesivas de labor producen fatiga, aumentan la frecuencia de accidentes del trabajo y quebrantan el vigor del organismo, exponiéndole a dolencias y enfermedades...
Por otro lado, concurre un fundamento técnico a apoyar la conveniencia de la limitación de la jornada: el rendimiento del trabajo en razón inversa de su prolongación. Experiencias de laboratorio afirman que, al prolongarse el trabajo en forma inmoderada, sobreviene la fatiga, y esta determina en el organismo un proceso químico de verdadera intoxicación que, además del daño físico y espiritual que proporciona al obrero, aminora sustancialmente su productividad del trabajo.”
Exposición de Motivos de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948 .
Introducción
Hace aproximadamente tres años y medio tuve la oportunidad de presentar esta ponencia dentro del marco de un evento convocado por la Unión de Juristas de Cuba donde se discutió, entre otros importantes paneles, el tema de los cambios en la legislación protectora del trabajo en el Caribe y América Latina. Para entonces no había llegado el momento de unas elecciones generales en Puerto Rico donde retomar la dirección de país el mismo partido político que dirigió la llamada Contra Reforma Laboral ocurrida entre los años 1994 a 1998 y que tuvo como resultado el desmantelamiento de gran parte de la legislación protectora del trabajo en Puerto Rico.
Hemos indicado antes y repetimos hoy, que no se trata únicamente de un proyecto ideológico vinculado con el status político de Puerto Rico sino que se trata más bien de un proyecto de clase social. Se trata de una clase social que se mueve y circular libremente a través de los partidos políticos mayoritarios y tradicionales en Puerto Rico donde pierda quien pierda las elecciones, ellos siempre ganan. Las ganan porque es esta misma clase la que le sirve de sostén a los políticos que aspiran a posiciones electivas y a los políticos que llegan al poder.
En su afán de controlar los partidos y adelantar sus agenda como clase, se valen de los instrumentos del Estado, como también del control de instituciones tales como la Cámara de Comercio, la Asociación de Industriales, la Asociación de Mayoristas, la Asociación de Bancos; como también de gremios profesionales; Juntas de Directores de empresas educativas y asociaciones empresariales, todas ellas dirigidas a la búsqueda de mayores ganancias y beneficios económicos a costa de los derechos del pueblo y protecciones ganadas en nuestra legislación por la clase trabajadora. Sencillamente, su compromiso no es con el país sino con los intereses de la clase que representan.
El triunfo en las elecciones de noviembre de 2008 de Luis Fortuño y su jura como Gobernador en enero de 2009 ha traído nuevamente a la discusión pública la reformulación de lo que podríamos llamar las bases economicas del “Estado colonial”en Puerto Rico. Al avance significativo del proyecto neoliberal estudiado y comenzado a implantar en Puerto Rico desde finales de la década de 1970 y 1980, se suma hoy, la continuación del proceso de desmantelamiento de los derechos laborales de la clase trabajadora, tanto en el sector público como privado, que realmente tomó forma agresiva a partir de la década de 1990. Aquellos legajos de discusión, que entonces formulara el Presidente de la Cámara de Comercio de Puerto Rico y que fueran recogidos como programa de Gobierno durante la Administración de Pedro Rosselló por su entonces Secretario de Desarrollo Económico, son hoy la propuesta neoliberal en curso del gobierno de Puerto Rico y los sectores de la llamada Coalición del Sector Privado.
Un trabajo más abarcador que escribiéramos titulado El derecho al trabajo y la crisis económica global: efectos tardíos del neoliberalismo en la realidad puertorriqueña, presentado en marzo de 2010 en el XII Congreso Centroamericano y del Caribe de Derecho al Trabajo y Seguridad Social, nos ofrece una panorámica más abarcadora de la historia y aplicación de las medidas neoliberales en Puerto Rico. Este trabajo, sin embargo, pretende ofrecer una visión más específica, ligada a las medidas legales dirigidas a desmantelar la legislación protectora del trabajo en Puerto Rico como parte precisamente del ascenso a la legalidad del neoliberalismo en nuestro país.
Nos enfrentamos a la construcción de un nuevo paradigma en las relaciones obrero patronales en el cual pretende desgajarse al trabajador y a la trabajadora puertorriqueña de los derechos a los que ha ganado acceso en sus luchas históricas.
La estructura legal de donde parte nuestra legislación protectora del trabajo es una en la cual el trabajador es visto como sujeto activo del proceso de producción y no como un mero instrumento de trabajo más. Al concebirse al trabajador como “sujeto” y no meramente como “objeto”, postula el derecho del Estado en el ejercicio de sus prerrogativas de reglamentar el proceso de producción y no al desarrollo de las fuerzas productivas y sus leyes sobre la oferta y la demanda, de establecer aquella limitaciones que a la par que permitan el desarrollo y fortalecimiento de la economía del país, protejan y resguarden la salud física y espiritual del trabajador, a la par que propicie un nivel de participación equitativo y justo en la riqueza que produce.
Desde esta perspectiva, la fuerza de trabajo del obrero no es vista como una mera mercancía más en el proceso productivo, descartable o sustituible, sino como “factor de producción” que invierte en el proceso de producción, en palabras del ex Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Hon. Jorge Díaz Cruz, “sus energías, su capacidad física e intelectual durante los años más fecundos, en fin, su salud que declina con el tiempo.”
El enfoque que a lo largo de décadas guió a nuestros legisladores en el proceso de promulgar lo que conocemos como legislación protectora del trabajo tiene sus antecedentes en la estructura teórica desarrollada por Vicente Géigel Polanco desde en la década de 1940. Fue dicha estructura teórica la que de una manera u otra prevaleció en Puerto Rico hasta finales de la década de 1980. Podemos afirmar, sin equívocos, que a partir de 1989 en Puerto Rico se inició un giro aún inconcluso en la legislación protectora del trabajo. Se trata de un enfrentamiento, que dicho sea de paso, no ha sido exclusivamente de nuestro país, que al presente se conoce como en enfrentamiento entre las medidas reparadoras de carácter social frente a las medidas neoliberales.
La base conceptual de la legislación social
Vicente Géigel Polanco, quien fue un luchador independentista, político e intelectual puertorriqueño, en su libro titulado Legislación Social en Puerto Rico1 indica en su parte introductoria al tema lo siguiente:
“Frente al derecho histórico-rígido y formal, de claro entronque individualista, penetrado hasta la médula por el régimen económico de la propiedad privada y enderezado a preservar el orden social existente– se está afirmando en nuestro tiempo un nuevo derecho, eminentemente tutelar, de cimero contenido ético, fundado en principios de justicia social, encaminado a procurar el mayor bienestar colectivo y postulado sobre la base de la intervención del Estado en la economía mundial.
El nuevo derecho nace de las realidades históricas de nuestra época, y viene a llenar las necesidades históricas imperativas de la convivencia social. Respondiendo a un objetivo específico de mejoramiento colectivo, propone un orden social de más justicieros alcances; normas de más alta calidad de vida y de trabajo, seguridad económica, aprovechamiento de la industria y de los recursos naturales para llenar las necesidades humanas, equitativa distribución de los beneficios [...]
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1
Vicente Géigel Polanco, Legislación Social en Puerto Rico, en su capítulo titulado Bases, Naturaleza y Caracteres de la Legislación Social, Negociado de Publicaciones y Educación Obrera del Departamento del Trabajo de Puerto Rico, 1944.
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Los cambios propuestos en las leyes que impactan la jornada legal y la legislación social en Puerto Rico
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